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TARIFAS CONOCIDAS DE 1722 APLICADAS EN LA CAXA DE BILBAO



Gracias a la perseverancia de algunos investigadores postales los aficionados al estudio de la prefilatelia disponen de un nuevo documento, fechado en 1722, que muestra por el deterioro del propio documento una parte de la tarifa aplicada a la correspondencia que llegaba para su reparto por el Oficio de Correo de Bilbao. 

 
Detalle del documento


Se puede observar en la parte izquierda del documento una columna en la cual se ubicaban las diferentes regiones de procedencia, sección muy deteriorada que hace intuir la existencia de 13 zonas de tarifa distintas, 1 más que en el caso de la tarifa aplicada en el Oficio de Correo de Pamplona donde se identificaban 12 zonas de tarifa de procedencia y 2 menos, sin tener en cuenta Portugal, en el caso de la tarifa dada para el Correo General en Madrid. En la parte derecha del documento se aprecian dos columnas que recogen los importes a satisfacer por las cartas sencillas y dobles, habiéndose perdido la información que emanaría de la columna que identificaría el precio por la correspondencia con el peso de 1 onza.

Consideramos necesario realizar el esfuerzo de tratar de reconstruir aquellos datos que faltan, y para ello además de la lógica también recurriremos a la escasa correspondencia llegada hasta nuestros días que tiene por destino la Caxa de Bilbao. Para ello emplearemos unos criterios en los cuales se recurre a diferentes colores: el color negro lo usaremos para mostrar aquellos datos ya aportados en el propio documento; el color rojo lo dedicaremos a completar los datos que son evidentes y que son mostrados en color negro por estar ya referenciados en el documento, y por último utilizaremos el color azul para ir reconstruyendo, apoyados por sobrescritos llegados a Bilbao, las partes ausentes en el documento exponiendo porqué hemos llegado a dicha reflexión y cuál ha sido el razonamiento seguido para ello.

Una vez hemos completado todo el proceso y antes de proceder a su explicación, mostramos a continuación el resultado obtenido y que difiere en la tarifa obtenida con nuestras conclusiones de las sacadas en el trabajo que dio a conocer dicha tarifa en la publicación anteriormente referenciada.






1729, 30 de julio. Carta circulada entre Segovia y Bilbao. 
No presenta marca de origen. Porte manuscrito: Doce mrs (12 maravedíes), rectificado a 4 ½ cuartos (18 maravedíes). Aplicación correcta de la tarifa aplicada en la Caxa de Bilbao para la carta sencilla circulada desde Oficios de Correo de Castilla la Vieja. Fondo gráfico.




1776. Carta circulada entre Toledo y Bilbao. 
Marca del Oficio de origen, T / CASTILLA / LANUEVA. Porte manuscrito: 5 cuartos (20 maravedíes). Aplicación correcta de la tarifa aplicada en la Caxa de Bilbao para la carta sencilla circulada desde Oficios de Correo de Castilla la Nueva. Fondo gráfico.



La segunda de las cartas mostradas procede de Toledo, Caxa perteneciente a la zona de tarifa de Castilla la Nueva, a la cual le adjudicamos el espacio dedicado que recoge este importe en el documento estudiado. Se muestra en la tabla de portes en color azul: Castilla la Nueva (Toledo). La primera de las cartas mostradas circula a Bilbao desde Segovia, Caxa perteneciente a la zona de tarifa de Castilla la Vieja, mostrando un porteo de doce maravedíes el cual esta rectificado gracias a la presencia del guarismo 4½ (18 maravedíes). Resulta evidente atribuir a las Caxas de Castilla la Vieja el único espacio de la tarifa mostrada en el documento analizado que recogería este importe en la columna dedicada a las tasas de la carta Sencilla. Se muestra en la tabla de portes en color azul: Castilla la Vieja (Segovia).

No compartimos la opinión vertida en el artículo que dio a conocer esta tarifa en el criterio que expone y la carta mostrada con procedencia desde Toledo reafirma que se trata de un error, que por analogía el porte de para Madrid y Castilla la Nueva con una asignación de 18, 28 y 36 maravedíes respectivamente a las cartas sencillas, dobles y de onza ya que como sabemos las tarifas postales aplicadas entre 1717 y 1779 se caracterizaban precisamente por sus diferencias y falta de equivalencia: “Una carta sencilla de Valladolid costaba en Madrid 12 maravedís, al paso que la de Madrid en Valladolid costaba 16: las de Valencia y Aragón importaban en Madrid 16 mrs., y las de Madrid en Valencia 26, y en Aragón 24: las de Cataluña se portaban en Madrid con 20 mrs., y las de Madrid en Cataluña por 28. Las de Murcia en Orihuela, distante sólo cuatro leguas, costaban 26 mrs., al paso que las del mismo Murcia y aún las de Orihuela no devengaban en Madrid más que 16 mrs. Estas desigualdades no podían con efecto sostenerse”.

Siguiendo con el razonamiento lógico perseguido consideramos acertado atribuir los portes aún huérfanos de zonas de procedencia de 16 y 24 maravedíes a las cartas procedentes desde el Reino de Aragón y Principado de Cataluña, por ser zonas no más lejanas que los Reinos de Valencia y Murcia a los cuales la tarifa asigna dichos importes. Una vez hemos establecido los portes de ambas Castillas consideramos que los importes de 12 maravedíes la carta sencilla y 18 para la doble se han de adjudicar por su menor distancia a las cartas con procedencia desde el Reino de Navarra a Bilbao.

Quedaría solo por atribuir un reglón libre aún de zona de procedencia con estos mismos importes de 16 y 24 maravedíes que consideramos debemos atribuir a Burgos y sus Montañas, no hay que olvidar que en 1722 aún no se encuentra abierto el paso desde Burgos a los puertos de Cantabria que ocurrió entre 1749 y 1754 cuando se puso en marcha el plan de comunicaciones de Ensenada, consistente en tres proyectos siendo el primero de ellos la construcción de un camino para el tránsito de carretas entre Castilla y un puerto del Cantábrico, que finalmente fue Santander, atravesando la Cordillera Cantábrica. Precisamente es la ausencia de unos caminos efectivos el motivo del gran giro que debía de experimentar la correspondencia circulada entre las Montañas de Burgos con la capital vizcaína, hecho que precisamente consideramos tiene su reflejo en estas tarifas.

 


1763. Carta circulada entre Burgos y Zalla. 
Marca del Oficio de origen, BVRGOS. Anotación manuscrita de encaminamiento: Por Balmaseda. Porte manuscrito: 4 cuartos (16 maravedíes). La villa de Zalla en 1736 dependía postalmente de la Caxa Principal de Valmaseda (Alonso de Arce) para posteriormente en 1775 ya depender de la principal de Vitoria (Bernardo Espinalt), pero en ningún caso de Bilbao. No obstante, pensamos que las cartas sencillas con procedencia desde Burgos eran porteadas en todas las Caxas pertenecientes al Sello Vizcaya con el mismo porte de 4 cuartos, por tanto consideramos aplicación correcta de la tarifa por parte de la Caxa de Vitoria, perteneciente al Sello VIZCAYA, para la carta sencilla circulada desde el Oficio de Correo de Burgos. Fondo gráfico.



Llegados a este punto solo nos quedarían 3 zonas de tarifa vacantes para 2 valores de porte por asignar, hecho que con toda la prudencia posible lo resolvemos de la siguiente manera: asignamos portes de 28 maravedíes para la correspondencia  sencillas y 36 las dobles a las cartas procedentes del Reino de Galicia y Principado de Asturias, por ser las más alejadas desde Bilbao y, a su vez, ser próximas entre sí como también ocurre en este mismo documento con otros Reinos peninsulares, para culminar con unos portes de 24 maravedíes para la carta sencilla y 32 las dobles si las cartas proceden de la Provincia de Extremadura.

Queremos dejar patente que la labor de reconstrucción realizada sobre esta tarifa obedece a la incorporación de dos nuevos sobrescritos no conocidos que tienen como destino la Caxa de Bilbao, uno con origen en Segovia (Oficio de Correo de Castilla la Vieja) y el otro en Toledo (Oficio de Correo de Castilla la Nueva), cartas cuyos datos postales nos han permitido tratar de completar partes ausentes de este tarifario, asumiendo los riesgos que un proceso de deducción de estas características conlleva y cuya única finalidad es tratar de avanzar y aportar nuevos datos.

A su vez, no hemos apreciado conveniente tratar de deducir los importes para las cartas de una onza de peso por considerarlo un proceso en el cual quedarían grandes dudas y lagunas pendientes, prefiriendo que esa información se determine y sea refrendada mediante el estudio de futuras correspondencias que pudieran aparecer a posteriori y que nos permitiera poder completar las ausencias en dicho tarifario.



FUENTES BIBLIOGRAFICAS CONSULTADAS:

-. Revista de Filatelia, Nº 528, Julio-Agosto de 2015.
-. Anales de las Ordenanzas de Correos de España. Cruzada Villaamil, Gregorio. Años 1879-1890.

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