Durante
los últimos años del siglo XVIII las tasas aprobadas en 1779 sufrieron varios
sobrecargos locales, lo cual contribuyo a borrar el espíritu de equidad que las
creó. Tras iniciarse el siglo XIX un nuevo Reglamento trató de uniformar y
recuperar nuevamente el espíritu del tarifario de 1779. En 1807 se dio un nuevo
Reglamento dedicado exclusivamente a la correspondencia ordinaria, tanto la
circulada en el interior del Reino como la procedente del extranjero, dicho
Reglamento no varió las clasificaciones de peso y distancia ya instauradas
desde 1779. La única variación que se introdujo con el objetivo de revertir el excedente
conseguido en el Ramo de Caminos y que afecto a la tarifa en vigor desde 1779
fue el incremento de 1 cuarto de vellón en todos los escalones de peso y
procedencias en el correo nacional. En cuanto a la correspondencia proveniente
del extranjero el nuevo Reglamento incrementó, al igual que ocurrió con las
tarifas para el interior del Reino, en 1 Real de vellón a todas las
clasificaciones y en todos los escalones de peso de los tarifarios en vigor
para esta correspondencia. Para organizar la correspondencia europea se siguió el arreglo de
tarifa de 1779 que consideró a España dividida en 2 zonas:
En fechas no muy lejanas fue descubierta una Real Orden fechada el 17 de noviembre de 1804 por la cual este incremento en las tarifas tuvo en realidad su origen el 1 de enero de 1805 y que evidencia que lo que constató el Reglamento de 1807 era una práctica que ya venía observándose desde 1805. Para la correspondencia proveniente de ITALIA con el incremento que sufrieron a partir del 1 de enero de 1805, con motivo de la Orden de 17 de noviembre de 1804 dada por el Superintendente General de la Renta del Correo, la tarifa quedó establecida en la forma siguiente y se mantuvo invariable hasta la firma de Convenios Postales con estos países:
- ZONA A: Incorpora las Demarcaciones del Norte y Centro peninsular.
- ZONA B: La situada al Sur (Cádiz, Andalucía Alta, Andalucía Baja, Mallorca, África y Orán) que geográficamente está más distanciada.
En fechas no muy lejanas fue descubierta una Real Orden fechada el 17 de noviembre de 1804 por la cual este incremento en las tarifas tuvo en realidad su origen el 1 de enero de 1805 y que evidencia que lo que constató el Reglamento de 1807 era una práctica que ya venía observándose desde 1805. Para la correspondencia proveniente de ITALIA con el incremento que sufrieron a partir del 1 de enero de 1805, con motivo de la Orden de 17 de noviembre de 1804 dada por el Superintendente General de la Renta del Correo, la tarifa quedó establecida en la forma siguiente y se mantuvo invariable hasta la firma de Convenios Postales con estos países:
1806. Carta circulada entre Génova y Barcelona.
Marca de procedencia aplicada en Barcelona YTALIA. Porteo manuscrito 9 R,
tarifa postal de 1 de enero de 1805 para una carta de 4 adarmes llegada
de Italia a las Administraciones del Norte y Centro peninsular. Fondo
gráfico.
1807. Carta circulada entre Roma y Altafulla.
Marca de procedencia aplicada en Barcelona YTALIA. Porteo manuscrito 9 Rs,
tarifa postal de 1 de enero de 1805 para una carta de 4 adarmes llegada de Italia a las Administraciones del Norte y Centro peninsular. Fondo gráfico.
1843, 1 de abril. Carta circulada entre Génova y Mérida.
Marca de origen GENOVA. Marca recercada mal estampada que consideramos aplicada en la estafeta de cambio de Italia y Francia. Porteo 9 Rs,
tarifa postal de 1 de enero de 1805 para una carta de 4 adarmes llegada
de Italia a las Administraciones del Norte y Centro peninsular. Fondo
gráfico.
NOTA: Las imágenes mostradas pueden proceder de catálogos
de subastas, de recursos gráficos que se encuentran de forma libre en la web o
fondos gráficos de imágenes de colecciones de amigos, aunque he cuidado de
hacer un uso correcto de las mismas, si consideras que en alguna he infringido
tus derechos, comunícamelo y seguidamente serán retiradas.


