La entrada en vigor de la Disposición del 6 de agosto de 1779 organiza el territorio español en Demarcaciones postales y, a su vez, organiza y clasifica las Cajas de correo de España en 3 categorías: Administraciones Principales, Administraciones de Sueldo Fijo y Administraciones del 15%.
El mapa de Demarcación de Partidos y
Asignación de los Sellos que deberán usarse en sus respectivas estafetas…….,
incluido en dicha Disposición, manifiesta al pie del mismo “…..manda S. M. que siempre que por alguno de
estos motivos tenga por conveniente la Dirección General la creación de otras
Caxas formales, lo haga con Demarcación del Partido, y pueblos de su
agregación, que han de acudir a recoger sus Cartas de común o de particular a
espensas suyas, según se practica por punto general en todas las de rigurosa
planta…”, se desprende de su lectura que en aquellas nuevas Cajas que se
originen, las cuales serán de índole particular como son las del 15% o las
carterías, sus correspondencias dependerán de las Administraciones de rigurosa
planta, siendo estas las Administraciones Principales o Administraciones de
sueldo fijo, por ser estas las que usan el sello de la Demarcación Postal.
Los Anales de las Ordenanzas de Correos de
España recogen en la Instrucción que deben observar los Administradores de las
Estafetas agregadas a la Principales del Reino, firmada por el Conde de
Floridablanca en San Ildefonso el 26 de julio de 1784, recogen en 23
instrucciones como deben de funcionar postalmente las Cajas que, de nueva
creación, se abran en diferentes lugares del Reino, y en la norma nº 12 indica:
“Toda la correspondencia que echasen por
el agujero la sellarán; y si no tuvieren Sello para ello, lo avisarán a la
Principal para remitírsele……”. Esta instrucción indica que son las
Administraciones Principales, o las de Sueldo Fijo, las responsables de que las
Administraciones de nueva creación dispongan de los cuños necesarios para la
gestión de la correspondencia que tenga en ellas su origen. Es, en estos
momentos cuando el servicio de correo llegó a adquirir un notable desarrollo,
otorgando una prestación que llegaría a todos los puntos de la geografía
española.
Como vemos, es gracias a la propia
normativa postal como podemos dar una explicación plausible al empleo de marcas
de origen fuera de los años en que estuvieron en vigor, generalmente cuños que
indicaban la procedencia cuando fueron empleados por primera vez entre 1756 y
1779, los denominados de 2ª época, y vueltos a ser reutilizados con
posterioridad, en ocasiones más de 60 años después, y que vuelven a ser
aplicados a las correspondencias para marcar el oficio de correo de origen, por
ser éstas marcas ya descatalogadas cedidas por parte de las Administraciones de
rango superior a Administraciones particulares del 15% o pequeñas carterías ya
comenzado el siglo XIX.
Dentro del período prefilatélico español
son escasas las referencias que existen sobre estas cesiones de marcas postales,
en la mayoría de los casos muy difíciles de contrastar debido a que el nombre
de la región postal no cambió cuando se produjo su paso a Demarcación postal,
como por ejemplo ANDALUCIA ALTA y BAXA, BURGOS, GALICIA, etc. Estos hechos
también fueron puestos de relieve por algunos estudiosos de la prefilatelia
española, así D. Luís María Marín Royo en sus estudios publicados sobre la
Demarcación NAVARRA ya destacó este fenómeno en varias ocasiones, siendo el
caso más reseñable cuando observo que la marca de origen NAVARRA usada por la
Caja de Estella en 1779, que presentaba el palo de la letra N invertido, volvió
a ser empleado por la cartería de la pequeña localidad de Aoiz en 1840.
Sin embargo sí existe una región donde
puede evidenciarse de forma clara este hecho, es en la región postal
ESTREMADVRA, la cual con la reordenación geográfico postal acaecía con la entrada
en vigor de la Disposición de 6 de agosto de 1779 se dividió en 2 zonas de
tarifa diferentes: ESTREMADURA ALTA y ESTREMADURA BAXA, por tanto el cuño de
origen ESTREMADVRA solo se empleó por parte de las Cajas extremeñas entre 1756
hasta el 31 de agosto de 1779. Vamos a poner en evidencia estos hechos en la
Demarcación postal de ESTREMADURA BAXA, con varios ejemplos que no dejarán
lugar a dudas de que este fenómeno también fue práctica común en esta
Demarcación y que se produjo entre las Administraciones Principales o de Sueldo
fijo y sus agregadas del 15 de porcentaje o simples carterías.
El primer ejemplo
lo situamos en la pequeña población de Hornachos que no llegaba a los 650
habitantes donde se disponía de un pequeño oficio de correo en 1791, gestionado
por un administrador de correo y un conductor de valija que sale de esta para
la de Villafranca de los Barros todos los lunes y viernes, volviendo los martes
y sábados. Trece años más tarde, en 1804, tiene la categoría de cartería,
recibiendo sus correspondencias a través de la Administración de Planta o de
Sueldo fijo de Mérida.
Cuño de origen regional empleado por la Cartería de Hornachos
Fechas de empleo conocidas: 1805-1820
1805, 18 de julio.
Carta circulada entre Hornachos y Mérida.
Marca de origen ESTREMADVRA empleada por la cartería de
Hornachos. Estas precursoras marcas fueron usadas por las Cajas Principales del Reino en la
Provincia de Extremadura antes de la entrada en vigor de la Disposición del 6
de agosto de 1779. El uso de esta marca postal por parte de esta cartería se
debe a la cesión, por ser cuños en desuso y descatalogados, por parte de una
Administración de más rango postal. Porteo de cuño 5 cuartos. Fondo gráfico.
Otro ejemplo lo encontramos en la Villa de
Perales de Hoyos donde sus datos postales nos indican que en 1791 es una pequeña aldea cercana a la ciudad de Coria de donde
distan 4 leguas, teniendo un vecindario compuesto por 125 vecinos, se
reciben sus correspondencias los días miércoles y sábados, despachándose los jueves
y domingos, teniendo solamente un dependiente o administrador. En 1804 mantiene
este oficio la categoría postal de estafetilla del 15 de porcentaje y sus
correspondencias han de circular a través de la Administración de Planta de
Plasencia.
Cuño de origen regional empleado por la Administración de Perales
Fechas de empleo conocidas: 1839-1844
1839, 5 de junio.
Carta circulada entre Perales de Hoyos y Coria.
Marca de origen ESTREMADVRA empleada por el oficio
postal de Perales de Hoyos. Estas precursoras marcas fueron usadas por las Cajas
Principales del Reino en la Provincia de Extremadura antes de la entrada en
vigor de la Disposición del 6 de agosto de 1779. El uso de esta marca postal
por parte de esta cartería se debe a la cesión, por ser cuños en desuso y
descatalogados, por parte de una Administración de más rango postal. Porteo manuscrito
5 cuartos. Fondo gráfico.
Para la Historia postal de España en
general, y de Extremadura en particular, se ha tenido la fortuna de encontrarse
una carta que representa, y muestra, mejor que ninguna este hecho, donde en su
cubierta podemos observar estampadas dos marcas de origen, la primera el cuño ESTREMADVRA
empleado por la cartería situada en la villa de Hornachos, junto a la marca de
origen que empleaba la Administración de Sueldo Fijo de Almendralejo, donde fue
intervenida la carta y nuevamente estampada en tránsito cuando dicha
correspondencia circulaba hacia su destino.
1817, 19 de octubre.
Carta circulada entre Hornachos y Mérida.
Marca de origen ESTREMADVRA empleada por el oficio
postal de Hornachos, a su paso por la Administración de Sueldo Fijo de
Almendralejo le es estampada la marca ALMENDRJO / ESTREMADURA /BAXA. El uso de la marca postal ESTREMADVRA por parte de esta cartería se debe a la cesión, por ser cuños
en desuso y descatalogados, por parte de una Administración de más rango postal.
Porteo de cuño 7 cuartos. Fondo gráfico.
FUENTES BIBLIOGRÁFICAS CONSULTADAS:
-. Anales de las Ordenanzas de Correos de España. Cruzada Villamil, Gregorio. Madrid, 1879.
-. Anales de las Ordenanzas de Correos de España. Cruzada Villamil, Gregorio. Madrid, 1879.
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