Uno de los
servicios que ofreció la Renta del Correo fue el Apartado de la
correspondencia, una vez llegaba la correspondencia a los diversos oficios
postales éstos procedían a la separación de aquellas cartas, sin ser éstas
puestas en Listas, recibidas para aquellos destinatarios que así lo
solicitaren, pagando un importe por ello. Este tipo de servicio se ofreció por
la Renta del Correo desde muy antiguo y encontramos referencias de ello en los
renombrados Anales donde ya en 1731 sobre la llegada de la correspondencia a la Posta de Roma se indica: ”En primer lugar los Ministros encargados de
los negocios de S.M., en segundo las que correspondieren al servicio de Su
Santidad y últimamente las apartadas…”.
Unos pocos años
más tarde, en 1742, dicha renombrada obra dentro de la Regla que se establece
en el Oficio de Correo Mayor de Madrid indica que: “a de ajustar y perzivir las propinas que pagan diferentes señores y
particulares cada año por apartarles
las cartas….”. Parece desprenderse del estudio de los Anales que este
servicio se inició para facilitar a aquellos destinatarios que tuviesen un alto
volumen de correspondencia a cambio de un pequeño emolumento, importe que quedó
establecido en 1 cuarto por cada carta apartada a tenor de lo reflejado en las
Instrucciones dadas a los Administradores de Correos de Valencia en 1792, donde
en su instrucción XXI se ordena: “Estando
establecido por costumbre antigua cobrar un quarto por cada Carta o Pliego
sobre el porte de Tarifa por razón del derecho de Apartado……”.
Para acreditar
este servicio ofrecido por la Renta del Correo en los diferentes oficios
postales, previo pago de la contratación del servicio de Apartado de la
Correspondencia, se extendía un resguardo para el contratante en el cual se
justificaba el pago de éste por la utilización y derecho de dicha prestación.
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| Resguardo del Ramo de Apartado |
1848, 1 de enero. Resguardo del Ramo
de Apartado.
Despachado en la Administración de Zafra para el
año de 1848 se da fe de su validez estampando el Timbre de Fechas ZAFRA – 1 ENO
1848 – ESTREM. B.. Ha
satisfecho el Sr. D. Francisco Hernandez, Cuarenta Reales Vellón por el derecho
de Apartado anticipado correspondiente a todo el año de la fecha. Fondo
gráfico.
NOTA: Las imágenes mostradas en
este trabajo proceden de catálogos de subastas, recursos que se encuentran de forma libre en la web y colecciones de
amigos, no
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consideras que en alguna se han infringido tus derechos, comunícalo y
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